Encuesta para socios de 59 años y más. El proceso de jubilación es un paso muy importante, es una etapa en la que se producen cambios relevantes en nuestro modo de vida, en nuestras prioridades y actividades, y en la que a menudo tenemos que elaborar el duelo...
Boletín de la SoMaMFyC, 6 de julio de 2023
XXX Congreso de la SoMaMFyC
“Reconstruyendo los Pilares”
XXX Congreso de la Sociedad Madrileña de Medicina Familiar y Comunitaria. Este año y como novedad, se celebrará el 3 de octubre de 2023 en el Ateneo de Madrid. sigue leyendo
- AVANCE DE PROGRAMA
- BOLETÍN DE INSCRIPCIÓN
- NORMAS DE ENVÍO DE COMUNICACIONES/PÓSTERS
- PLANTILLA DE PRESENTACIÓN DE COMUNICACIONES
- PREMIO JLRG
Comité Organizador XXX Congreso de la SoMaMFyC
AULA DE FORMACIÓN
.-18 y 19 de octubre: Curso Soporte Vital Inmediato
Dirigido a: Personal sanitario (médicos, enfermeras) con responsabilidad directa sobre pacientes pero que no disponen del material, entorno o las competencias para poder realizar un soporte vital avanzado. (sigue leyendo)
.-7 y 8 de noviembre: Curso de Instructor de resucitación cardiopulmonar y desfibrilación externa automática (IRCPYDEA)
Si estas interesado/a te puedes apuntar en lista de espera. (envía correo a [email protected])
Las sociedades científicas de Medicina Familiar y Comunitaria se posicionan en contra del aumento de burocracia en Atención Primaria.
Las sociedades de Medicina de Familia y Comunitaria firmantes compartimos la preocupación de AEPap y demás sociedades pediátricas. Tras la reciente publicación del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, deseamos mostrar nuestro rechazo a la posibilidad de incurrir en un aumento de la carga burocrática de la labor de los médicos de Atención Primaria. Nos referimos a la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, concretamente al apartado 3 del artículo 37, donde podemos leer: La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año, conforme a lo establecido en convenio colectivo o, en su defecto, en acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras aportando estas, en su caso, acreditación del motivo de ausencia. (sigue leyendo)
Ya esta disponible la Revista Médicos de Familia volumen 25 nº 2 de julio 2023
Junta Directiva de la SoMaMFyC